Un protocolo de acoso establece las normas y pasos que una organización sigue para prevenir, detectar y actuar frente a cualquier conducta que suponga acoso laboral, sexual o por razón de sexo. Todas las empresas y entidades son susceptibles de ser sujetos obligados a la implantación de un protocolo de acoso adaptado a su tamaño y actividad.
Su objetivo es proteger la dignidad y la salud de las personas trabajadoras. Debe garantizar un entorno de trabajo seguro y dar respuesta rápida y ordenada cuando se produzcan situaciones conflictivas. Y actúa tanto en situaciones que surjan entre los propios trabajadores como entre los trabajadores y terceras personas (clientes, proveedores…). Define cómo presentar una queja, quién investiga las denuncias, los plazos para resolver los casos y las medidas de protección para las personas afectadas.
Para que el protocolo de acoso funcione debe estar difundido entre la plantilla, incluir mecanismos de denuncia accesibles y confidenciales, prever medidas de protección frente a represalias y establecer seguimiento y formación continuada para toda la organización.
La normativa obliga a implantarlo en el marco de la igualdad entre hombres y mujeres. Por tanto, es una normativa que debe ser cumplida por administraciones públicas, empresas y organizaciones que tenga personal a su cargo.